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Acciones legales por del humedal.

La demanda formal contra la contaminación en Xochimilco es crucial para salvar este invaluable humedal. El silencio ante delitos ambientales permite que la degradación continúe, amenazando la biodiversidad, incluyendo al ajolote, y la salud del ecosistema. La acción ciudadana, a través de demandas formales, es esencial para exigir el cumplimiento de las leyes ambientales y proteger este patrimonio natural para las futuras generaciones. No callar es nuestro deber.

Cima comunidad.

La demanda a "Arca Tierra"

CIMA AC COMUNIDAD MEDIO AMBIENTAL, ASOCIACIÓN CIVIL PREOCUPADA POR EL HUMEDAL DE XOCHIMILCO, en adelante “CIMA AC”, comparece para promover la presente demanda penal en contra de la empresa “ARCA TIERRA”, en adelante “LA EMPRESA”, con domicilio 7WF5+77, Xochimilco, 16043 Ciudad de México, CDMX

Teléfono 55 8739 4078, por la comisión de los delitos ambientales previstos y sancionados en las leyes aplicables, en perjuicio del ecosistema de la Zona Natural Protegida de Xochimilco y San Gregorio Atlalpulco.

 

PRIMERO. HECHOS:

 

CIMA AC, organización dedicada a la conservación del ecosistema de Xochimilco, denuncia la grave y continua contaminación ambiental generada por la empresa “ARCA TIERRA” a través del uso indiscriminado de motores de gasolina en sus operaciones turísticas dentro de la Zona Natural Protegida de Xochimilco y San Gregorio Atlalpulco. Las actividades de la empresa consisten en el transporte de turistas en embarcaciones impulsadas por motores de gasolina de diferentes caballajes, operando diariamente de 5:00 AM hasta su última actividad, con recorridos que oscilan entre 10 y 30 kilómetros. Este tráfico constante de embarcaciones motorizadas genera un impacto nocivo y acumulativo en el frágil ecosistema del humedal.

 

La operación de “ARCA TIERRA”, y otras empresas similares, ha sido constante durante al menos 15 años, causando un daño ambiental irreversible y contribuyendo a la extinción del ajolote mexicano (Ambystoma mexicanum) y a la disminución drástica de la fauna nativa y migratoria en los canales de Xochimilco.

 

SEGUNDO. DAÑOS AMBIENTALES:

 

La contaminación generada por los motores de gasolina utilizados por la empresa “ARCA TIERRA” tiene un impacto devastador en el ecosistema de Xochimilco:


 

  • Contaminación química: La combustión de gasolina libera una gran cantidad de contaminantes al agua, incluyendo hidrocarburos, metales pesados (plomo, mercurio, etc.), óxidos de nitrógeno y otros compuestos tóxicos. Estos contaminantes alteran la calidad del agua, envenenan la flora y fauna acuática, y afectan directamente la supervivencia del ajolote y otras especies.

  • Contaminación acústica: El ruido constante de los motores genera estrés en la fauna, interfiere con sus patrones de comportamiento y reproducción, y disminuye la calidad de vida de las comunidades humanas aledañas.

  • Vibraciones: Las vibraciones producidas por los motores contribuyen a la erosión de las orillas de los canales y a la degradación del hábitat.

  • Erosión cultural: La proliferación de tours en lanchas motorizadas ha desplazado la actividad tradicional de los remeros de trajinera, afectando la economía y la cultura local de Xochimilco.

  • Extinción del Ajolote: La contaminación producida por los motores de gasolina es un factor determinante en la disminución de la población de ajolotes y en su riesgo de extinción. La degradación del hábitat y la contaminación química afectan directamente su ciclo de vida y supervivencia.

 

TERCERO. DELITOS AMBIENTALES:

 

La actividad de la empresa “ARCA TIERRA” configura la comisión de diversos delitos ambientales, entre ellos:


 

  •  

  • Violación a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA): La empresa opera en una Zona Natural Protegida sin cumplir con las normas ambientales establecidas en la LGEEPA, causando daño al ecosistema.

  • Daño a la biodiversidad: La contaminación generada por la empresa ha causado un daño significativo a la biodiversidad de Xochimilco, contribuyendo a la extinción del ajolote y la disminución de otras especies.

  • Contaminación del agua: La descarga de químicos de sus motores de gasolina vierten intermitentemente contaminantes al agua de los canales de Xochimilco constituye un delito ambiental grave.

  • Posible corrupción: La persistencia de estas prácticas ilegales durante al menos 15 años sugiere la existencia de posibles actos de corrupción que han permitido la operación ilegal de la empresa y muchas otras.

 

CUARTO. OTRAS IRREGULARIDADES:

 

Además de los delitos ambientales, CIMA AC denuncia las siguientes irregularidades:

 

  • Venta ilegal de bebidas alcohólicas: La empresa “ARCA TIERRA” vende bebidas alcohólicas en modalidad de barra libre, por pieza o incluidas en sus actividades, sin contar con los permisos necesarios para operar un establecimiento de este tipo en una Zona Natural Protegida.

  • Falta de permisos: Se solicita a la SEMARNAT que verifique si la empresa cuenta con los permisos correspondientes para operar un restaurante o establecimiento de bebidas alcohólicas en la Zona Natural Protegida.

  • Operación de otras empresas: Existen más de 100 embarcaciones con motores de gasolina que operan en Xochimilco ofreciendo tours similares, lo que indica una problemática generalizada que requiere una revisión exhaustiva de las prácticas comerciales, económicas y deportivas en la zona.

 

QUINTO. PETICIÓN:

 

Por todo lo expuesto, CIMA AC solicita a esta Autoridad:

 

  1. Se inicie una investigación penal contra la empresa “ARCA TIERRA” por la comisión de los delitos ambientales descritos.

  2. Se ordene la clausura inmediata de las actividades de la empresa “ARCA TIERRA” en la Zona Natural Protegida de Xochimilco y Sangregorio Atlalpulco hasta que se subsanen las irregularidades ambientales.

  3. Se investigue la posible comisión de delitos de corrupción que han permitido la operación ilegal de la empresa durante 15 años.

  4. Se revise el cumplimiento de las normas ambientales por parte de todas las empresas que operan embarcaciones con motores de gasolina en Xochimilco.

  5. Se impongan las sanciones administrativas y penales correspondientes a la empresa “ARCA TIERRA” y a las demás empresas que resulten responsables de los daños ambientales.

  6. Se tomen medidas para la restauración del ecosistema de Xochimilco y la protección del ajolote mexicano.

 

SEXTO. VIOLACIÓN DE CONVENIOS INTERNACIONALES:

 

Las acciones de la empresa “ARCA TIERRA” no solo violan la legislación ambiental mexicana, sino que también constituyen una flagrante violación de diversos convenios internacionales suscritos y ratificados por México, comprometidos con la protección de la biodiversidad y los ecosistemas. La degradación del humedal de Xochimilco, causada por la contaminación generada por la empresa, tiene implicaciones a nivel global, afectando la conservación de especies amenazadas y la protección de los recursos naturales. Entre los convenios internacionales violados se encuentran:


 

  1. Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB): México, al ser parte del CDB, se compromete a conservar la diversidad biológica, incluyendo la protección de los ecosistemas y las especies amenazadas. La contaminación generada por “ARCA TIERRA” contraviene este compromiso al causar daño significativo a la biodiversidad de Xochimilco, poniendo en riesgo la supervivencia del ajolote mexicano y otras especies. El artículo 8 del CDB, sobre la conservación de los ecosistemas, es directamente vulnerado por las acciones de la empresa.

  2. Convención de Ramsar: Xochimilco es un sitio Ramsar, reconocido internacionalmente por su importancia para la conservación de los humedales. La Convención de Ramsar establece la obligación de los países parte de proteger estos ecosistemas y asegurar su uso racional. Las acciones de “ARCA TIERRA” contravienen este compromiso al contaminar el agua y degradar el hábitat del humedal, poniendo en peligro su integridad ecológica.

  3. Convención de Washington (CITES): Si bien el ajolote mexicano no está incluido en el Apéndice I de CITES, su situación crítica de conservación y la amenaza que representa la contaminación para su supervivencia hacen relevante la consideración de este convenio. La degradación del hábitat, causada por la contaminación, afecta la supervivencia de esta especie, violando el espíritu y los objetivos de CITES.

  4. Otros convenios: Adicionalmente, las acciones de “ARCA TIERRA” podrían estar violando otros convenios internacionales relacionados con la protección del medio ambiente, la conservación de los recursos hídricos y la lucha contra la contaminación, como el Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes (COPs) y el Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación.

 

La violación de estos convenios internacionales agrava la gravedad de las acciones de la empresa “ARCA TIERRA” y refuerza la necesidad de una acción legal contundente para proteger el ecosistema de Xochimilco y cumplir con los compromisos internacionales asumidos por México.

CONCLUSION:

 

La situación ambiental en Xochimilco es crítica. La contaminación generada por las embarcaciones motorizadas representa una amenaza grave para la biodiversidad y la supervivencia del ajolote mexicano. Es imperativo que las autoridades tomen medidas urgentes y contundentes para detener la degradación del ecosistema y proteger este invaluable patrimonio natural. Por lo anterior, solicitamos se admita y resuelva la presente demanda en los términos solicitados.


 

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